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martes, 3 de enero de 2012

Obras Públicas prohíbe circulación de vehículos pesados durante fiestas fin de año

Home » Rep. Dominicana » Obras Públicas prohíbe circulación de vehículos pesados durante fiestas fin de año Vehículos pesados

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, a  través de la Dirección General de Tránsito Terrestre dispuso la prohibición del tránsito de vehículos pesados en todas las vías del ámbito nacional durante las fiestas de fin de año.

La prohibición será desde este viernes 30 de diciembre a partir del medio día hasta el lunes 2 de enero del 2012 a las 6 de la mañana.

La medida esta amparada en la Ley 241 sobre tránsito de vehículos de motor y busca  prevenir los accidentes de tránsito a quienes circulen por las diferentes vías del país.

Quedan exceptuados de la prohibición los vehículos que transporten combustibles y comestibles perecederos.

La Dirección  de Tránsito Terrestre es la institución autorizada para la expedición de los permisos a los vehículos que lo ameriten.

El ministerio de Obras Públicas pide excusas a la ciudadanía por los inconvenientes que la medida pueda ocasionar.



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miércoles, 28 de diciembre de 2011

Agricultura aclara que RD prohíbe importación de semillas transgénicas

Reunión de funcionarios de Agricultura con campesinos.

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Ministerio de Agricultura aclaró que entre las obligaciones vigentes en República Dominicana para la importación de semillas está la de presentar constancia de que el material importado no sea transgénico.

Asimismo, la entidad explicó que la firma reciente entre una empresa nacional y una multinacional para la distribución de semillas es un acto comercial entre firmas privadas, que bajo ninguna circunstancia involucra a la institución.

Al mismo tiempo, garantizó que tanto las empresas que rubricaron el convenio, como las que se dedican actualmente a la importación de semientes, tienen que cumplir con los requisitos fitosanitarios establecidos en el país.

Entre otras obligaciones vigentes para la importación de semillas está la certificación fitosanitario original del país exportador, así como otros nueve requisitos establecidos en la regulación nacional.

La posición de la institución fue expuesta a un grupo de dirigentes agropecuarios y ecologistas que visitaron la sede para conocer los controles que existen para garantizar la sanidad e inocuidad de la producción agropecuaria.

El grupo, encabezado por Fátima Portorreal, Luis Cabrera y Hero Pérez, fueron recibidos en el Salón de Reuniones de Agricultura, por los viceministros Antonio Manuel Camilo, Leandro Mercedes y Lissette Peña Dumé; así como Manuel González, asesor técnico y Luis Garrido, director de Sanidad Vegetal.

Los funcionarios de Agricultura explicaron a los productores y ecologistas los esfuerzos que ha hecho el país, tanto en infraestructura como en preparación de una masa crítica de profesionales, para fortalecer la Red Sanitaria de la República Dominicana.

Igualmente, garantizaron que la institución exigirá el cumplimiento de los requisitos fitosanitarios vigentes y aseguraron que no permitirá la entrada al país de ningún material de siembra que no cumpla los estándares de calidad exigido tanto por las normas locales como las internacionales.



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miércoles, 21 de diciembre de 2011

Agricultura prohíbe uso de 22 plaguicidas

La institución dice que la medida garantiza la inocuidad alimentaria.

Salvador chio Jimenez

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Ministerio de Agricultura prohibió mediante resolución la comercialización de cinco plaguicidas y declaró de uso restringido a 22 productos de aplicación agrícolas en el país.

La regulación adoptada mediante la resolución número 61-2011, emitida por el ministro de Agricultura, Salvador Jiménez, procura mejorar el sistema de control y uso de los plaguicidas en frutas y vegetales, para garantizar que los productos agrícolas cumplan con los estándares internacionales de calidad.

En el artículo primero de la resolución se prohíbe el uso en la agricultura y la comercialización de los plaguicidas Acefato, Aldicarb, Metamidofos, Monocrotofos y Ometoato.

El artículo segundo establece que los productos declarados de usos restringidos están  Amitraz, Carbofuran, Clorfenapir, Clorpirifos, Diafentiuron, Diazinon, Diclorvos, Dimetoato y Endosulfan.

Además están Imidacloprid, Malation, Metiocarb, Metomil, Oxamil,  Profenofos, Dicofol, Benomil, Carbendazim, Fenamidona, Propiconazol, Tiabendazol y Tiacloprid.

Indica que los productos bajo uso supervisado serán recomendados por técnicos especialistas de la Red Fitosanitaria del Departamento de Sanidad Vegetal, del Ministerio de Agricultura.

El artículo cuarto expresa que el uso de los inventarios de los plaguicidas citado en el artículo primero, y su importación ya aprobada antes de la emisión de la actual resolución, se  debe coordinar con el Departamento de Sanidad Vegetal en la división de Plaguicidas, de este Ministerio.

Además, el artículo quinto dice que todos los plaguicidas que contengan los ingredientes activos ya citado en la resolución deben estar sujetos al cumplimiento de las regulaciones de países importadoras de productos agrícolas.

En los considerandos de la resolución se establece que los Departamentos de Sanidad Vegetal e Inocuidad Agroalimentaria de la institución, ejecutan acciones concretas en la aplicación de Buenas Prácticas Agrícolas  (BPA) y Buenas Prácticas de Manejo en Postcosecha (BPMP), a través del Programa de Vegetales Orientales, Frutas Frescas y Productos Afines para la Exportación (PROVOFEX).

“Que no obstante los esfuerzos realizados por las autoridades fitosanitarias y de inocuidad agroalimentaria, los productores nacionales y los exportadores para disminuir la presencia de plagas, enfermedades, residuos de plaguicidas y contaminantes biológicos en vegetales, frutas frescas y productos afines, aún se requiere de una acción de mayor alcance para fortalecer los programas destinados a garantizar la producción y el comercio de los productos mencionados libres de plagas y totalmente inocuos, según requieren las normas nacionales e internacionales”, dice la resolución en una de sus considerandos.



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